Ayudas Itsas Garapen Elkartea, FLAG 2022

Al amparo de la, Orden de 18 de mayo de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se establecen, para el ejercicio 2022, las bases reguladoras de las ayudas a proyectos al amparo de la estrategia de desarrollo local participativo (EDLP), aprobada al grupo de acción local del sector pesquero (GALP) para el desarrollo sostenible de las zonas de pesca en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) 2014-2020, desde Itsas Garapen Elkartea se han recibido un total de 161 de solicitudes de ayuda por parte de solicitantes que inician un proyecto en las zonas pesqueras de Euskadi. El número de solicitudes de ayuda se mantiene al alza, superando en esta edición de 2022 las 143 solicitudes que se presentaron en el año 2021.

 

Las solicitudes presentadas estás divididas de la siguiente forma:

  • 81 solicitudes en la línea de ayudas a proyectos productivos.
  • 65 solicitudes en la línea de ayudas a creación de empleo.
  • 14 solicitudes en la línea de ayudas a proyectos no productivos.

 

Durante el ejercicio 2022 se destina a financiar este programa de ayudas un total de1.500.000,00 euros. De dichos fondos 1.275.000,00 euros corresponden al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), y 225.000,00 euros corresponden a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Asimismo, 1.000.000,00 euros son créditos de pago del ejercicio 2022 y 500.000,00 euros son crédito de compromiso para el ejercicio 2023. Del total de esta dotación, se atribuyen las cantidades y su distribución entre anualidades a las líneas de ayuda que se describen en el siguiente cuadro:

 

Línea de ayudas

2022 (€) 2023 (€) Total (€)
Ayudas para inversiones productivas 700.000,00 400.000,00 1.100.000,00
Ayudas para la creación de empleo 200.000,00 200.000,00
Ayudas para inversiones no productivas 100.000,00 100.000,00 200.000,00
Total 1.000.000,00 500.000,00

1.500.000,00

 

La resolución de esta convocatoria de ayudas se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses desde que surta efectos la presente Orden.